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Jueves 28 de Agosto de 2008    
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Novedades FACPCE - -
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FACTURA ELECTRÓNICA - ANUNCIOS DE LA AFIP SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS PROFESIONALES
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FACPCEFederación Argentina
de Consejos Profesionales
de Ciencias Económicas

Sr. Presidente
Consejo Profesional de
Ciencias Económicas
S/D
                                                                                              

                          Ref. FACTURA ELECTRÓNICA
                                 Anuncios de la AFIP sobre la situación de los Profesionales

De nuestra mayor consideración:

Nos dirigimos a Ud. a los efectos de brindarle información sobre los recientes anuncios de la AFIP vinculados con los Regímenes de Facturación Electrónica (RECE) y de Facturación en Línea (RCEL) a cargo de los Profesionales., dado que la norma que publicaría la AFIP en los próximos días tendría cambios con respecto a las características de ambos Regímenes que le adelantáramos recientemente.

Los Regímenes de Facturación Proyectados

El pasado 8 de agosto le informamos que la AFIP estaba proyectando los siguientes cambios en la modalidad de facturación a cargo de los servicios profesionales:

  • Los Profesionales con ingresos anuales superiores a $ 480.000, quedaban incluidos en el actual Régimen de Facturación Electrónica (RECE). Este régimen prevé que el Profesional le envíe a la AFIP el archivo electrónico de las Facturas Tipo A, y de las Facturas Tipo B mayores a $ 10.000, a los efectos de solicitarle autorización para su emisión. Recién cuando le llega la autorización de la AFIP para su emisión, el Profesional puede enviarle tales facturas a sus clientes en forma electrónica.
  • Los Profesionales con ingresos anuales inferiores a $ 480.000 quedaban incluidos en el nuevo Régimen de Facturación en Línea (RCEL). Este régimen prevé que las Facturas Tipo A, y las Facturas Tipo B mayores a $ 10.000, sean emitidas “on line” a través del acceso del Profesional vía Internet, a un “facturador” instalado en el servidor de la AFIP.
  • Los Profesionales inscriptos como Monotributistas en la Categoría “E” (Máxima Categoría del régimen), quedaban incluidos en el nuevo Régimen de Facturación en Línea (RCEL). De este modo, las Facturas Tipo C de los Monotributistas Categoría “E”, también debían ser emitidas “on line” a través del acceso del Profesional vía Internet al “facturador” instalado en el servidor de la AFIP.

Los Regímenes de Facturación Aprobados

El día 20/8/08, y a partir de las reiteradas gestiones realizadas por esta Federación durante el presente mes, la AFIP ha realizado y anunciado los siguientes cambios en tales Regímenes de Facturación a cargo de los Profesionales, previendo incluso que los nuevos Regímenes de Facturación entrarán en vigencia  a partir del mes de 1º de  Noviembre del presente año:

  • Los Profesionales con ingresos anuales superiores a $ 600.000, quedarán incluidos en el actual Régimen de Facturación Electrónica (RECE).
  • Los Profesionales con ingresos anuales entre $ 300.000 y $ 600.000, quedarán incluidos en el nuevo Régimen de Facturación en Línea (RCEL).
  • Los Profesionales inscriptos en el IVA con ingresos anuales inferiores a $ 300.000, quedarán excluidos del nuevo Régimen de Facturación en Línea (RCEL) y continuarán con el actual régimen de emisión de Facturas A y B, pudiendo adherir en forma optativa al nuevo régimen de factura electrónica.
  • Los Profesionales inscriptos como Monotributistas en la Categoría “E” y en las restantes categorías, podrán adherir en forma optativa al nuevo Régimen de al nuevo régimen de Factura Electrónica.

La gestión que continuará la FACPCE

Esta Federación ha informado y continuará informando a la AFIP sobre la dificultad en que se encuentran muchos Profesionales del interior del país para cumplimentar con las obligaciones que requieren conexión a Internet, debido a que muchas ciudades mantienen serias dificultades de conexión a Internet e incluso con ausencia de posibilidad de conectarse a través del sistema de banda ancha.

Asimismo nos interiorizaremos sobre la operatividad del sistema, del cual solo hemos asistido a una demostración que ha sido incompleta y en la cual esta Federación ha realizado varias observaciones a efectos de mejorar la operatividad del mismo. 

Finalmente, una vez que la norma sobre los nuevos Regímenes de Facturación sea publicada por la AFIP en el Boletín Oficial, que será a en los próximos días, informaremos sobre más detalles de los nuevos Regímenes de Facturación a cargo de los Profesionales.
    
Hacemos propicia la oportunidad para saludarlo con atenta consideración, y le solicitamos tenga a bien difundir esta nota informativa entre los profesionales matriculados.

Dr. Guillermo H. Fernández
Secretario

Dr. Jorge A. Paganetti
Presidente

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INFORME SOBRE FACTURA ELECTRÓNICA
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FACPCEFederación Argentina
de Consejos Profesionales
de Ciencias Económicas

Ciudad de Buenos Aires, 8 de agosto de 2008

Señor Presidente del
CPCE de «CONSEJO»
Dr. «PRESIDENTE_»
S/D
Ref. Factura electrónica 

De nuestra mayor consideración:

Nos dirigimos a Ud., conforme a las reuniones mantenidas con la Administración Federal de Ingresos Públicos con relación al tema de referencia, a fin de hacerle llegar un resumen de lo actuado.

La AFIP le ha comunicado a la FACPCE que está en estudio y con aparición inminente la inclusión de nuevas actividades en el Régimen de Factura Electrónica (RECE) y sobre la instauración del Régimen de Facturación en línea (RCEL).

Por ello, hemos hecho conocer a la AFIP la dificultad en que se encuentran muchos profesionales del interior del país para cumplimentar todo aquello que requiere la conexión a través de internet, debido a las serias dificultades de comunicación que mantienen muchas zonas del interior del país, muchas de ellas con ausencia de la posibilidad de conectarse con banda ancha.

Asimismo con relación a los servicios profesionales reiteramos nuestra preocupación por la generalización del sistema de facturación electrónica y proponemos que la AFIP mantenga su proyecto original en cuanto que solamente estarían alcanzados por la este sistema aquellos contribuyentes que estuvieran “organizados en forma de empresa”.

En relación con la extensión del sistema a los Monotributistas, la FACPCE entiende que la implementación del RECE, traerá aparejado costos adicionales para ellos y complejidades administrativas, no compartiendo que este tipo de sujetos se hallen comprendidos por el nuevo régimen. Entendemos y compartimos que el Fisco debe fiscalizar, pero creemos que existen otras formas para hacerlo.

Asimismo la FACPCE ha solicitado a las autoridades de la AFIP que cualquier modificación que se realice, se implemente con el tiempo suficiente para que los contribuyentes involucrados puedan llevar a cabo las reformas necesarias para poner el funcionamiento el nuevo sistema en forma plena.

A fin de ilustrar sobre el tema de referencia, adjuntamos archivo con Información sobre Factura Electrónica.

Al respecto solicitamos brinde al mismo la más amplia difusión entre los sus matriculados.
                                                                    
Hacemos propicia la oportunidad para saludarlo con atenta consideración.

Dr. Guillermo H. Fernández
Secretario

Dr. Jorge A. Paganetti
Presidente



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QUIEREN EQUIPARAR EN GANANCIAS A LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS CON LOS EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA
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La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) planteó, mediante una nota presentada al PEN, el trato igualitario de trabajadores autónomos y en relación de dependencia en el Impuesto a las Ganancias y la eliminación de la llamada “Tablita de Machinea”.
A través de una nota presentada al Poder Ejecutivo Nacional la FACPCE planteó su acuerdo con el proyecto que, según versiones periodísticas, estaría preparando para enviar al H. Congreso de la Nación, aumentando el mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial para las personas físicas en el Impuesto a las Ganancias.
No obstante, se plantea la necesidad de que el mencionado proyecto, contemple la equiparación del importe a deducir por parte de los autónomos, respecto de la de los trabajadores en relación de dependencia, del art. 23 inc. c de la L. 20.628. En la actualidad la suma a computar es de hasta $7.500,- para autónomos, con un incremento de 3,8 veces más ($36.000,-) para trabajadores en relación de dependencia. Atento que para ambos sus ingresos revisten el carácter alimentario, debería permitirse computar una deducción de mínimos de subsistencia.
Asimismo, se resaltó la necesidad de la eliminación de la “Tablita de Machinea” de reducción de deducciones personales establecida en la reforma tributaria de 1999.
Estas solicitudes se fundamentan, entre otros argumentos, en que el impuesto así, ha quedado desvirtuado tornando imperfecto el efecto redistributivo requerido para este gravamen, provocando un trato discriminatorio entre unos y otros trabajadores.

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LA FACPCE APROBÓ LA PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES EN FORMATO DIGITAL
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La Junta de Gobierno aprobó en su última reunión el macroproyecto que permitirá a los profesionales digitalizar sus trabajos con firma electrónica y a los Consejos Profesionales agregar la oblea y firma digital.
El proyecto de la FACPCE facilitará la emisión de estados contables con sus correspondientes informes profesionales en forma digital y firmados electrónicamente en un futuro próximo. Así, los profesionales y los Consejos dispondrán de mayores facilidades cuando los organismos de control o los usuarios soliciten presentaciones en ese formato. Otra ventaja para el profesional será evitar el traslado físico de la documentación desde y hasta el Consejo correspondiente para certificación de su firma.

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NOTA A LA SEÑORA PRESIDENTE DE LA NACIÓN, EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE LEY POR EL CUAL SE PROPONE INCREMENTAR EL MÍNIMO NO IMPONIBLE, LAS CARGAS DE FAMILIA Y DEDUCCIÓN ESPECIAL QUE LAS PERSONAS FÍSICAS PUEDEN DEDUCIR EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
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OPINIÓN TÉCNICA ELABORADA POR LA
COMISIÓN ESPECIAL DE ASUNTOS TRIBUTARIOS
EN RELACIÓN A LOS DERECHOS DE EXPORTACIÓN
PROYECTO DE LEY EN DEBATE EN EL CONGRESO
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Federación Argentina
de Consejos Profesionales
de Ciencias Económicas

Ciudad de Buenos Aires, 26 de junio de 2008

Señor Presidente del
Consejo Profesional de
Ciencias Económicas
S/D

 De nuestra consideración:

Nos dirigimos a usted, con el objeto de adjuntar copia de la opinión técnica elaborada por la Comisión Especial de Asuntos Tributarios -CEAT- en relación a los Derechos de Exportación; tema relacionado con el Proyecto de Ley que actualmente se está debatiendo en el Congreso, para su conocimiento.

Al respecto le informamos, que en el día de la fecha lo hemos presentado con notas de igual tenor ante los Sres. Presidentes y Legisladores de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación y a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Hacemos propicia la oportunidad para saludarle con atenta consideración.

Dr. Guillermo H. Fernández                                                  Dr. Jorge A. Paganetti
     Secretario                                                                       Presidente

 

wordDescargar Nota a los presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores
wordDescargar Opinión Técnica elaborada por el Ceat
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PRESENTACIÓN DEL PLAN DE ADOPCIÓN DE NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF/IFRS) EN LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES
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wordDescargar Plan de adopción
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AFIP: REUNIÓN CON EL DR. MORONI
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Las autoridades de la FACPCE representadas por su presidente Dr. Jorge A. Paganetti, vicepresidente Dr. Daniel A. Gruffat y secretario Dr. Guillermo H. Fernández fueron recibidos por el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos Dr. Claudio Omar Moroni.

En la reunión el Dr. Paganetti presentó los saludos de la FACPCE al Dr. Claudio Moroni, quien recientemente se hizo cargo de la Administración Fiscal y expresó la intención de la Federación, en representación de más de 100.000 profesionales en Ciencias Económicas de todo el país, de trabajar en forma mancomunada.
 
Trabajo en conjunto y Puestos de Autogestión
Asimismo el presidente ratificó la voluntad de la Federación y de todos los profesionales en Ciencias Económicas del país por trabajar en bien de la comunidad, la necesidad del trabajo en conjunto de ambas instituciones, cada una en el ámbito de su competencia e intereses. Hubo coincidencias respecto a que el profesional en Ciencias Económicas es el nexo imprescindible entre el contribuyente y el organismo fiscal, y que en función de ello amerita este trabajo coordinado.
 
El Dr. Claudio Moroni, por su parte coincidió con los postulados generales expresados por la FACPCE, y expresó la voluntad de la AFIP de trabajar en forma conjunta con la profesión, ratificando el Convenio firmado por ambas Instituciones donde la AFIP instalará Puestos de Autogestión en las delegaciones de los Consejos de todo el país, de manera que los contribuyentes y los profesionales tengan mejor acceso a la aplicación de las nuevas tecnologías y a la posibilidad de mejorar su atención.

Asimismo se comentó que dentro del Convenio se están instrumentando las acciones para poner en aplicación la temática de Educación Tributaria dentro de la estructura de cursos del Sistema Federal de Educación a cargo de la FACPCE
 
Plazos razonables para la implementación de las normas
Se expresó que la Federación acompaña la modernización de las acciones de recaudación y fiscalización, y con ello el combate a la evasión, pero entiende que debe haber razonabilidad en los plazos de envío y recepción de las normas por parte de la AFIP, para que los contribuyentes profesionales conozcan las nuevas reglamentaciones y aplicativos.

La Federación puso especial énfasis en resaltar la necesidad de que la aplicación de nuevas tecnologías y aplicativos y la información a suministrar al organismo fiscal por parte de los contribuyentes, tenga armonía con las fechas de vencimientos a fin de que haya factibilidad en su cumplimiento.
 
El Administrador Federal escuchó lo manifestado por la Federación, consideró razonable lo expuesto y se comprometió a que el Organismo a su cargo, tendrá e intentará contemplar tiempos prudenciales entre la emisión de las obligaciones y las correspondientes fechas de vencimientos, a fin de evitar el pedido de prórrogas y el otorgamiento de las mismas, y permitir el trabajo de los profesionales en Ciencias Económicas en condiciones adecuadas.
 
En ese sentido ratificó la voluntad del Organismo de poner en vigencia el régimen de Cuenta Corriente Tributaria a partir del 1 de junio, pues resulta importante para la Administración su puesta en funcionamiento, pero en función de lo expresado, podría analizarse circunscribirlo al grupo de contribuyentes contemplados en la primera etapa, hasta probar correctamente su funcionamiento y luego extenderlo a los demás responsables.
 
La FACPCE propuso prorrogar la puesta en marcha de las etapas siguientes, hasta tanto el sistema esté funcionando correctamente y que también sería interesante analizar esta metodología de grupos de testeo, cuando se realiza el lanzamiento de nuevos aplicativos. El Administrador Federal coincidió con las propuestas.

Propuestas legislativas de la FACPCE
Las autoridades de la Federación pusieron en conocimiento y entregaron al Dr. Claudio Moroni los proyectos elaborados por la institución y aprobados por la Junta de Gobierno. El primero, sobre la reforma del Régimen Simplificado-Monotributo, a efectos de modificar los límites de cada categoría, de manera de preservar dentro de las mismas al universo de contribuyentes que se previó en la ley al momento de su sanción.
 
Asimismo se analizó la actual inequidad en el tratamiento impositivo de los trabajadores autónomos, principalmente los profesionales, con los trabajadores en relación de dependencia, y la necesidad de igualar el tratamiento de las deducciones del art. 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, propuesta presentada en el proyecto de la FACPCE.
 
 El Dr. Moroni manifestó que el tema de los trabajadores autónomos requiere un análisis integral desde el punto vista impositivo y también provisional, como asimismo resulta necesario hacer el mismo análisis sobre el régimen de los monotributistas.
 
Por último se comentó el proyecto de la FACPCE actualizando los límites objetivos de punibilidad contenidos en la Ley Penal Tributaria. En este punto el Administrador Federal coincidió en la necesidad de analizar la readecuación de dichos límites.
 
Congreso Nacional
Finalmente el Dr. Claudio Moroni aceptó la invitación realizada por el Dr. Paganetti a que asista y realice una disertación en el ámbito del próximo 17º Congreso Nacional en Ciencias Económicas a realizarse en Córdoba los días 3, 4 y 5 de septiembre de 2008.

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REUNIÓN DE AUTORIDADES DE FACPCE CON EL JEFE DE GABINETE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN DE LA NACIÓN
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Reunión FACPCE - Ministerio de Economía

Se trabajó en la necesidad de encontrar vías de convergencia en conjunto con las autoridades del Ministerio de Economía y Producción de la Nación.

El presidente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, Dr. Jorge A. Paganetti, junto con el vicepresidente, Dr. Daniel A. Gruffat y el secretario, Dr. Guillermo H. Fernández, se reunieron con el Jefe de Gabinete del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, Lic. Horacio R. Larcamon, el día jueves 15 de mayo de 2008.

El presidente de FACPCE agradeció al Lic. Larcamon por la oportunidad de proseguir el diálogo entre la Federación y el Ministerio de Economía y Producción, y expresó la voluntad de todos los miembros de la Federación de colaborar técnicamente en el ámbito de su incumbencia.

A continuación el Dr. Paganetti planteó la necesidad de conformar una comisión conjunta para revisar la vigencia del Decreto 664. Asimismo, FACPCE instó a encontrar las vías de convergencia en una solución positiva para el Estado, las instituciones, los profesionales y las empresas, para lo cual sería deseable la creación de un grupo de estudio. Por otra parte, los representantes de la Federación pusieron en conocimiento del Ministerio de Economía y Producción los proyectos tributarios elaborados por la institución y presentados al Congreso Nacional.

El Jefe de Gabinete, Lic. Horacio R. Larcamon, agradeció a FACPCE la colaboración técnica propuesta y destacó la necesidad del trabajo en conjunto en esta oportunidad histórica que vive el país en su sexto año de crecimiento económico. Además aseguró que las temáticas planteadas por FACPCE serán recibidas por el ministro de Economía, Lic. Carlos Fernández.

Las autoridades de FACPCE agradecieron el recibimiento por parte del Ministerio de Economía y recordaron la invitación realizada al ministro Lic. Carlos Fernández para su participación en el 17 º Congreso Nacional de Profesionales en Ciencias Económicas, a realizarse este año en la ciudad capital de la provincia de Córdoba.

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NOTA PRESENTADA AL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
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Ciudad de Buenos Aires, 28 de abril de 2008

Señor Director General
de la Dirección General Impositiva
Dr. Horacio Castagnola
S         /               D

Ref.: Impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales, sobre la Ganancia Mínima Presunta y Bienes Personales- Responsable Sustituto 2007. Vtos. para personas físicas y jurídicas - Solicitud de postergación 30 días de fechas de vencimiento

De nuestra mayor consideración:

Nos dirigimos al Sr. Director General con relación a los próximos vencimientos para presentar las declaraciones juradas de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de las personas físicas por el año 2007; y de los Impuestos a las Ganancias, sobre la Ganancia Mínima Presunta y sobre los Bienes Personales - Responsable Sustituto, por el ejercicio fiscal 2007, para las empresas con cierre en diciembre de ese año, que operarán entre el 12 y el 16 de mayo próximos.

Como ya fue expuesto en nuestras anteriores, del 11 de marzo y del 3 de abril del cte., en relación a las fechas de los próximos vencimientos de los impuestos de la referencia; para las personas físicas varios hechos, como la aparición del programa aplicativo “Ganancias Personas Físicas - Bienes Personales - Versión 9.0”, los días feriados, las fiestas religiosas y la multiplicidad de vencimientos, motivaron que nuestra Federación solicitara una prórroga por 30 días para la presentación de las declaraciones juradas, circunstancia que fue otorgada en forma parcial, de acuerdo a lo dispuesto por la R.G. 2433 dictada por esa Administración.

Con fecha muy reciente, la AFIP acaba de dar a publicidad la R.G. 2432, donde “.. por razones de buena administración tributaria, hacen necesario..” disponer que, para los vencimientos del mes de mayo para personas jurídicas, se deberá utilizar el nuevo aplicativo “Ganancias personas jurídicas - Versión 8.0”. 

La aparición de este aplicativo, no obstante las razones ya expuestas, se realiza a sólo 16 días antes del vencimiento, y la utilización del mismo implica una importante carga de datos, que aunque se realice por esta única vez, es necesario un gran esfuerzo, que sumado a los trabajos que traen aparejado los vencimientos simultáneos en el mes de mayo, se hace difícil el cumplimiento con lo dispuesto por ese Organismo.

Consideramos que los profesionales en ciencias económicas, son el nexo necesario entre los contribuyentes y el Fisco a efectos del cumplimiento formal de las obligaciones tributarias; y que existe el deseo y la voluntad por parte de los mismos, de cumplir con lo dispuesto por la Administración Federal en tiempo y forma. Pero también creemos, con todo respeto, que es necesario que, al fijar los vencimientos y de dar a conocer los nuevos programas aplicativos, se tenga en cuenta el tiempo necesario para que estos deseos se puedan llevar a cabo.

En función de todo lo expuesto, la FACPCE solicita una prórroga no inferior a 30 días, de las fechas de vencimiento del mes de mayo, establecidas para los sujetos antes mencionados, para la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante.

Entendiendo que una resolución favorable por parte de ese Organismo, favorecerá el
cumplimiento por parte de los contribuyentes y que la misma conlleva a preservar la relación fisco-contribuyente, hacemos propicia la oportunidad para saludarlo atentamente.

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SOLICITADA PUBLICADA EN DIARIOS NACIONALES SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS 24.522
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SOLICITADA

EN DEFENSA DE NUESTRAS INCUMBENCIAS PROFESIONALES

La FEDERACIÓN ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS, y los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todo el país, que nuclean a más de CIEN MIL profesionales en ciencias económicas, expresamos la legítima inquietud de los profesionales al enterarse que sus representantes en el Parlamento, concretamente en la Cámara de Diputados, Comisión de Justicia, tratarán en la sesión de la fecha un proyecto de reforma de la Ley de Concursos y Quiebras 24.522 que prevé como única cuestión la incorporación de los abogados para que puedan ser designados síndicos en los procesos de concurso preventivo y de quiebras. El proyecto no prevé la actuación conjunta de los contadores públicos y de los abogados, sino la designación de unos o de otros. Como si los títulos fueren equivalentes y tuvieran el mismo contenido.
Hace ya CIEN AÑOS que la ley ha reservado en exclusividad el ejercicio de este cargo a los contadores públicos, previendo la posibilidad que actúen con patrocinio letrado para tener el debido asesoramiento jurídico en las cuestiones que así lo requieran. Es obvio que esta larga trayectoria no es antojadiza ni responde a otro factor que los requerimientos profesionales del cargo y la necesidad de proteger a la sociedad en el ámbito económico, para facilitar la recuperación de las empresas en crisis.
En este contexto, el proyecto a tratar genera una especial sensibilidad ante la posibilidad de que el trabajo profesional se vea lesionado, con afectación de la paz social, al ponerse en peligro la subsistencia de una fuente de trabajo en la cual los profesionales interesados desarrollan sus capacidades como modalidad concreta de carácter laboral, ligada a sus ingresos. Tanto más cuando ni siquiera han tenido la posibilidad, a través de sus instituciones, de poder hacer conocer a los señores legisladores la realidad y sus fundamentos.
Reclamamos el derecho de peticionar ante las autoridades, de raigambre constitucional y rechazamos la reforma propuesta en el proyecto. La modificación implicaría un retroceso enorme en el desarrollo del instituto de la sindicatura concursal y supondría un daño enorme al afianzamiento de la Justicia. La reforma no tiene el aval de ninguno de los tratadistas del derecho comercial y concursal y jamás ha sido sostenida por ninguna comisión de reformas, aún cuando han estado integradas por prestigiosos abogados de los sectores académico, profesional y magistrados.

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NOTA A LA AFIP - IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES 2008
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